LA ADMINISTRACIÓN ES QUIÉN TIENE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE Y DE GARANTIZAR QUE ESTOS SON VIABLES Y SOSTENIBLES.

[2017-06-20]

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Imaxe da nova.

La administración  debiera de dar respuesta a la movilidad de los ciudadanos y propiciar el mantenimiento del tejido empresarial, en especial en el rural.

 

Las empresas de transporte se enfrentan al cierre en el rural, porque no tendrán trabajo.

 

El estado de necesidad de quien se enfrenta al cierre de su empresa no debiera ser esgrimido como un éxito por la administración que con sus decisiones lo ha provocado.

La Xunta de Galicia parece que ha decidido que rescindirá los contratos de transporte escolar a un gran número de empresas con contratos aun en vigor y  que, en este momento, en provincias como Lugo y Ourense suponen entre el  70 y el 80% de la carga de trabajo actual de las mismas, las cuales se ven así avocadas a manifestar su interés en concurrir a un concurso que se resolverá por invitación mediante adjudicación directa - aun sabiendo que los anteproyectos presentados son, desde el punto de vista funcional y económico, deficientes e inviables-, ante la posibilidad que estos cambien en el trámite de alegaciones.

“La opción es clara: cerrar o intentarlo”.

Los responsables de la administración siguen acusando a los empresarios de presionar para obtener más beneficios, cuestión que es incierta y que aun cuando fuese cierta no dejaría de ser licita, pues las empresas deben buscar el lógico beneficio en la prestación de todos sus servicios. Lo que manifiestan las empresas es que perdían dinero con las concesiones del rural y que si estas no dejan de ser deficitarias no podrán atenderlas, pues seguirían perdiendo.

En este orden no deja de ser sorprendente que la administración haya tardado varios años en asumir que las concesiones de la Galicia rural eran y son deficitarias y ahora, además de recortar de forma contundente los servicios que se venían haciendo, diga que para compensarlas se integrará con estos un alto porcentaje de los servicios escolares que sí eran rentables. Luego, reconocen así, que las concesiones no lo eran, que en estas se perdía dinero.

Resulta también sorprendente que se consideren extraño o negativo que las empresas haciendo uso del elemental derecho a una compensación justa reclamen que se les compense las pérdidas que sufren por prestar un servicio público en los términos que impone la administración. De la misma manera que resulta sorprendente que la administración critique a las empresas por defender la continuidad de unos contratos de transporte escolar, que además de estar en vigor, constituyen una parte importante de su carga de trabajo actual y tienen un beneficio razonable. ¿Por cierto se ha cuantificado la indemnización que por esta rescisión anticipada habrá e pagar la Xunta? ¿o tendrán las empresas que solicitarla en los juzgados?

Cuando hablan del tan «famoso beneficio del transporte escolar», no queremos pensar que lo que están afirmando, las “fuentes del ejecutivo autónomo” de las que se hacen eco los medios, es que ese no es un beneficio normal o razonable y que la Consellería de Educación no tenía bien cuantificado el gasto del transporte escolar durante estas últimas décadas y estuvo tirando el dinero de todos. Pues estarían equivocados una vez más.

También resulta oportuno recordar que la prórroga de los contratos escolares (que dio estabilidad a las empresas en el periodo de crisis vivido) no fue afectada por la Sentencia del Supremo, que nadie ha renunciado a prestar estos servicios y que la prórroga tuvo como contrapartida una rebaja en la factura del 7% anual desde de 2010, es decir más de 85 millones de euros.

Cierto que estamos preocupados, porque estas decisiones crean inseguridad en las empresas, se rescinden contratos en vigor, aduciendo simplemente como única razón de utilidad pública que son rentables para las empresas, sino lo fuesen obviamente exigirán a estas que siguiésemos prestándolos por entero, como, por cierto, ocurrió en los últimos años con las concesiones de uso general.

Aun cuando es de todos sabido, debemos de recordar que es la administración la que tiene obligación de prestar el servicio público de transporte y garantizar que este sea viable y sostenible.

Las empresas tienen la obligación de prestar los servicios que se les contraten y de obtener los ingresos necesarios para pagar a los trabajadores, a los proveedores y para obtener un beneficio razonable para retribuir a los accionistas por aportar el capital y asumir los especiales riesgos que este tipo de actividad conlleva.  

Si esto no se entiende por las denominadas “fuentes del ejecutivo autónomo” mal vamos en Galicia.

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