EL SUPREMO DECLARA QUE EL DERECHO DE PREFERENCIA COMPORTA DISCRIMINACÓN O TRATO DESIGUAL

[2016-10-24]

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El Supremo anula la adjudicación de un contrato de transporte escolar en León, por ser el resultado de la aplicación del derecho de preferencia. El recurso fue interpuesto por Autocares Ferreirín, sobre la base de que el derecho de preferencia comporta un trato discriminatorio y desigual.

 

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la resolución de la Dirección Provincial de Educación de León de 4 de septiembre de 2013, por la que se adjudicó la gestión parcial de un servicio de transporte escolar a Autobuses Urbanos de Ponferrada (Aupsa), en virtud del derecho de preferencia. Además, el Supremo ha ordenado retrotraer las actuaciones a fin de que se resuelva de nuevo ese procedimiento de contratación sin aplicar dicho derecho.

En la sentencia se recoge que el derecho de preferencia por el que se adjudicó el mencionado servicio “resulta incompatible con los principios de no discriminación e igualdad de trato en la contratación pública”. Así, el tribunal ha estimado el recurso interpuesto por Autocares Ferreirín contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que había rechazado el recurso del operador.  autobuses&autocares.com

 

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